Conocimiento
Depositar la fianza en España: qué organismo, qué plazo, qué sanción — por comunidad
Cuánta fianza se exige lo fija la ley estatal y es imperativo. Si debe depositarla, ante quién y en qué plazo, varía según la comunidad autónoma — y de eso depende la sanción.
Dos cuestiones se confunden constantemente en la práctica. La primera es cuánta fianza puede exigirse; eso está en la ley estatal de arrendamientos y es igual para todos. La segunda es si debe depositar esa fianza ante un organismo público; eso varía según la comunidad autónoma, cambia con frecuencia y es de lo que depende una sanción.
El importe: estatal e imperativo
El artículo 36.1 LAU exige una mensualidad de renta en el arrendamiento de vivienda y dos mensualidades en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda — categoría en la que se encuadra la temporada. Las partes no pueden pactar por debajo. Cabe una garantía adicional por encima; es ajena a la fianza legal y no sigue sus reglas.
El depósito: autonómico, y se mueve
Que la fianza deba ir a un organismo autonómico no es cuestión estatal. Andalucía dejó sin efecto la obligación de depositar en la AVRA para los contratos desde el 24 de enero de 2026; Murcia la suprimió en mayo de 2021. En otras comunidades sí existe, con su propio organismo, su propio plazo y su propia sanción. Para un despacho con inmuebles en tres comunidades, eso son tres agendas distintas.
| Comunidad | Depósito | Organismo | Plazo | Sanción |
|---|---|---|---|---|
| Andalucía | No obligatorio | — | — | — |
| Aragón | Obligatorio | — | — | — |
| Principado de Asturias | No determinado | — | — | — |
| Illes Balears | Obligatorio | Institut Balear de l'Habitatge (IBAVI) | en el plazo de 30 días hábiles desde la formalización | Infracción leve: de 60 € a 3.000 €, con el límite del 35 % del importe de la fianza. |
| Canarias | Obligatorio | Instituto Canario de la Vivienda (ICV) | en el plazo de 1 mes desde la formalización | — |
| Cantabria | No determinado | — | — | — |
| Castilla-La Mancha | No determinado | — | — | — |
| Castilla y León | No determinado | — | — | — |
| Catalunya | Obligatorio | Institut Català del Sòl (INCASÒL) | en el plazo de 2 meses desde la formalización | Multa por no depositar la fianza; además, el arrendador corre el riesgo de no poder compensarla con lo que adeude el arrendatario. |
| Comunitat Valenciana | Obligatorio | Generalitat Valenciana | en el plazo de 1 mes desde la formalización | Recargo del 20 % por depósito fuera de plazo (Decreto 46/2022); además, multas de 600 € a 3.000 € y riesgo de inspección. |
| Extremadura | No determinado | — | — | — |
| Galicia | No determinado | — | — | — |
| Comunidad de Madrid | Obligatorio | Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (AVS) | en el plazo de 30 días naturales desde la formalización | — |
| Región de Murcia | No obligatorio | — | — | — |
| Comunidad Foral de Navarra | No obligatorio | — | — | — |
| País Vasco / Euskadi | No determinado | — | — | — |
| La Rioja | No determinado | — | — | — |
| Ceuta | No determinado | — | — | — |
| Melilla | No determinado | — | — | — |
Fianza legal: 1 mensualidad de renta (art. 36.1 LAU). Esta tabla no se mantiene a mano: se extrae en cada compilación del mismo registro que rellena los contratos. Si su contrato dice algo distinto de esta página, uno de los dos está desactualizado — y eso no puede ocurrir, porque es la misma fuente. Verificado el 2026-07-30.
Cuándo empieza a correr el plazo
El plazo de la tabla no corre desde el mismo momento en todas partes. Algunas comunidades cuentan desde la formalización, otras desde el inicio del arrendamiento. En la práctica eso supone días o semanas de diferencia, y es justo el tipo de diferencia que una plantilla no puede soportar: no está en el contrato sino en la normativa autonómica.
Lo que no afirmamos
No todas las líneas del registro se han contrastado con el propio texto legal. Donde no ha sido posible, nuestro contrato mantiene una redacción neutra y la versión explicada lo indica expresamente. Es deliberado: el contrato solo sostiene lo que podemos sostener, y la explicación puede ser útil mientras sea honesta sobre su grado de certeza. Ante un interés elevado, compruébelo siempre en el propio organismo competente.
Fuentes
- Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, art. 36.1 — cuantía de la fianza, derecho imperativo
- Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía, disposición adicional sexta — la obligación de depósito ante la AVRA decae para contratos desde el 24-01-2026
- Llei 11/2025 (Catalunya) — temporada en zonas tensionadas: documentación junto con la fianza en el INCASÒL
- Normativa autonómica en materia de fianzas — organismo, plazo y sanción por comunidad autónoma; la base aplicable en cada región consta en la tabla anterior
Verificado el 2026-08-08.
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